ABOGADOS PARA DIVORCIOS EXPRESS.
Abogados para Divorcios. WhatsApp 55-1907-8839 en CDMX. Abogados Divorcios. Abogados para Divorcios Express.

Menú

ABOGADOS PARA DIVORCIOS
¿Necesita DIVORCIARSE de su esposo o esposa en el DISTRITO FEDERAL?

¿Requiere tramitar su DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO?

¿Necesita tramitar su DIVORCIO EXPRESS en el D.F.?
 
     Si requiere informacion  VIA TELEFONICA O POR EMAIL sobre PRECIOS,  DOCUMENTOS, PAPELES O REQUISITOS PARA UN DIVORCIO, ESTAMOS A SUS ORDENES.
 
TELEFONOS EN DISTRITO FEDERAL:

5526-3278

5529-1327

5529-0247
 
EMAIL: contacto@divorcioexpressconsultoriadf.com.mx

EMAIL: consultoriajuridicafamiliar@hotmail.com

LADA SIN COSTO TODO MEXICO: 01 800 841 28 91

LADA SIN COSTO DESDE ESTADOS UNIDOS : 185 522 50 231
 

Desde hace mas de 15 años, estamos en :

PETEN 289 esquina con CONCEPCION BEISTEGUI, en la COLONIA NARVARTE y  a unas calles del METRO EUGENIA.

 
           
¿ CUANTO TIEMPO DEBO DE LLEVAR CASADO PARA TRAMITAR EL DIVORCIO EN EL DISTRITO FEDERAL ?

     El requisito que  establece  el Código Civil para el Distrito Federal en cuanto a ltiempo  para la procedencia del divorcio judicial es el que haya transcurrido cuando menos un año desde la celebración del matrimonio.

El artículo 266 del Código Civil para el Distrito Federal a la letra dice:

            Artículo 266. El divorcio disuelve el vínculo del matrimonio y deja a los cónyuges en aptitud de contraer otro. Podrá solicitarse por uno o ambos cónyuges cuando cualquiera de ellos lo reclame ante la autoridad judicial manifestando su voluntad de no querer continuar con el matrimonio, sin que se requiera señalar la causa por la cual se solicita, siempre que haya transcurrido cuando menos un año desde la celebración del mismo.

            Sólo se decretará cuando se cumplan los requisitos exigidos por el siguiente artículo.

            El articulo trascrito prevé expresamente la posibilidad de que el divorcio sea promovido unilateralmente o bilateralmente, sin que en ningún caso sea necesario señalar la causa o causal de la separación matrimonial.

            Asimismo, dicho numeral establece como requisito de procedibilidad para la tramitación del divorcio judicial “que haya transcurrido cuando menos un año desde la celebración” del matrimonio.

           También debe considerarse que actualmente cualquier divorcio –judicial o administrativo, unilateral o bilateral- requiere que haya transcurrido un año desde la celebración del matrimonio.